sábado, 19 de junio de 2010

Necesitamos justicia ya.

Un juez entrega la custodia de una niña a un padre condenado por maltrato.

La madre de la menor de 9 años se separó de su marido en 2001 ante las continuas agresiones a las que la tenía sometida

Una madre ha perdido la custodia de su hija de nueve años en favor de su ex pareja, sobre el que pesa una condena de un año y nueve meses de cárcel por maltrato hacia ella.

Esta medida ha sido ordenada hoy por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de la localidad sevillana de Dos Hermanas, al considerar que la mujer ha incumplido el régimen de visitas que la que fuera su pareja sentimental tenía que seguir. Tras conocer esta sentencia, la Junta de Andalucía la calificó de "incomprensible" y avanzó que ya han enviado a la Fiscalía "todos los informes pertinentes" para que se tenga en cuenta las circunstancias que se recogen en la Ley de Violencia de Género.

La madre de la menor, María S., explicó que se separó de su marido en 2001 ante el continuo maltrato al que la tenía sometida.

Entonces, consiguió la custodia de la pequeña, con un régimen de visitas establecido para el padre de la menor. Sin embargo, según la mujer, su ex pareja se retrasaba continuamente en la entrega de "los cuadrantes laborales" que debía presentar en el juzgado para estar con su hija, por lo que, "al no saber cuándo tenía que dejar a la menor en el punto de encuentro, no la llevaba".

En este sentido, María S. aseguró que si ella había incumplido el régimen de visitas había sido "por desconocimiento" de cuándo tenía que entregar la niña a su ex pareja. Sobre esta persona aseguró también que "ha utilizado todo este tiempo" para denunciarla.

"Tengo miedo de esta persona, porque en algunas ocasiones me ha devuelto a la niña con contusiones debido a las caídas y no la ha llevado al hospital", añadió la madre no sin defender que "en ningún momento" ha pensado que su ex pareja haya hecho con su hija lo mismo que hizo con ella - en relación a los malos tratos físicos -. De hecho, aseguró que su hija tiene una relación "normal" con su padre aunque "no quiere irse a vivir con él".

Finalmente, María aseguró estar pasándolo "francamente mal" con toda esta situación. No obstante, insistió en que no está dispuesta en perder a su hija y que va "a llegar donde haga falta".

Pero según la sentencia del Juzgado sevillano, a partir de esta tarde el padre de la menor tendrá su custodia y tendrá que ser ella la que deba seguir un régimen de visitas.

"Hay que acatarla aunque resulte duro"  ?¿?¿?¿?¿

Tras conocer esta sentencia, la reacción de la consejería para la Igualdad y el Bienestar Social de la Junta de Andalucía no se ha hecho esperar. Así, la consejera, Micaela navarro, calificó la resolución judicial, que se tiene que hacer efectiva hoy mismo, de "incomprensible para cualquiera que tenga un mínimo de sentido común".

"Hay que tener en cuenta que se trata de una resolución judicial, y como tal hay que acatarla. Hasta que no se produzca otro auto en contra, la menor tiene que ser entregada a su padre, por más que nos resulte bastante duro", lamentó la consejera.

Y es que según esta normativa, un padre "puede ser suspendido en el régimen de visitas y mucho más cuando estamos hablando de la guardia o tutela del menor".


¿Se puede ser marido maltratador y, a la vez, padre intachable?

La Justicia, en el caso de María Salmerón, considera que ambas situaciones son compatibles.

"Cabrona, hija de puta", le gritó A a su ya ex mujer María el 11 de noviembre de 2001 en una de las visitas a su hija en común. Meses antes, cuando aún convivían juntos, A menospreciaba continuamente, en privado y en público, las habilidades de María para llevar la casa o su capacidad para obtener el título de auxiliar de clínica. En la discoteca, una noche, la insultó diciéndole que iba provocando y preguntándole que si también había mantenido relaciones con los porteros.

Son, según una sentencia dictada en marzo de 2008, algunos de los hechos que "constatan la situación de sometimiento y temor que sufría María ante una actitud despótica y humillante que ejercía el acusado de forma habitual y constante". El juez lo condenó a 21 meses de prisión y el Tribunal Supremo lo confirmó un año después. Ahora otra juez le ha otorgado la custodia de la niña, de 9 años.

María perdió la custodia de su hija por incumplir el régimen de visitas.

Es la historia de María Salmerón, la mujer sevillana que tuvo que entregar a su hija a su ex marido por incumplir reiteradamente el régimen de visitas. María le impidió ver a la pequeña durante años. ¿Pero qué es mejor para la niña, vivir con un padre condenado por malos tratos o con una madre que no permite que el padre vea a su hija? La Justicia se ha decantado por el primer supuesto. Aunque no obvian la gravedad de los hechos, ni la jueza ni la fiscalía entienden que la condena por maltrato impida al padre ejercer sus funciones adecuadamente con la menor.

Sí consideran, en cambio, "perjudicial para la niña las referencias negativas que la madre realiza del padre".


Las paradojas.
Su ex marido fue condenado a 21 meses de cárcel por maltrato habitual.

María acumula dos sentencias penales por incumplir el régimen de visitas. "Es evidente la actitud rebelde de la acusada, así como su interés en que la menor no comunique con el padre, existiendo una verdadera retención o secuestro de la menor respecto del derecho del padre (...) impidiendo la participación de este no sólo en la educación y formación, sino en los más elementales acontecimientos en la vida de la menor", dice el fallo que condenó a María a dos años de prisión y le retiró la patria potestad durante cuatro años la Audiencia rebajó la pena a seis meses.

"Es ella [la madre] la que tiene que impulsar las relaciones de su hija para con su progenitor", dice el auto en el que se ordena el cambio de custodia. La pregunta que se hacen muchos colectivos de mujeres es: ¿Cómo puede una madre hablar bien a su hija de un maltratador? Y lo que ve aún más grave: ¿Qué educación le puede dar un maltratador a su hija? "Es incomprensible para quien tenga un mínimo de sentido común", dijo la consejera andaluza de Igualdad, cuando el caso, saltó a los medios. Su departamento ha pedido una revisión a la Fiscalía y a la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género.

La ministra de Igualdad, también manifestó su "perplejidad". No obstante, N…… y A… mostraron su respeto. Desde un punto de vista crítico, el juez de Familia Fran…………….. insta a respetar también las condenas a María. "Los actos del hombre fueron contra la mujer, pero los de la mujer atentaron contra la menor", aseguró.

En una posición intermedia se sitúa el Defensor del Menor andaluz, Jos….: "Desde fuera, parece un disparate, pero existe un laberinto de procedimientos judiciales muy complejos y estamos viendo qué posibilidades legales hay para que la niña vuelva con su madre", dijo tras recibir en su oficina a María.

Juzgados de violencia.

La presidenta del Observatorio contra la Violencia de Género, Inm……………., considera que el problema de fondo es que la parte civil (la separación) y la penal (el maltrato) han ido por separado. "Un juzgado de violencia habría dado una solución más armoniosa", aseguró a este periódico. El procedimiento es anterior a la entrada en funcionamiento de estos juzgados.

Lo que sí deja claro un informe psicológico realizado el pasado abril es que cualquier solución judicial "necesitará para su eficacia la efectiva colaboración de ambos padres (de otro modo, serían ellos los responsables de esas futuras consecuencias negativas en la salud mental de la menor)". Mar……… solicitó un nuevo estudio psicológico. Pero la Justicia también se lo ha denegado. "Seguiré luchando por mi hija", concluye.



La niña ingresó el pasado miércoles en estado grave en el Hospital Universitario de la Candelaria con una parada cardiorrespiratoria, lesiones y quemaduras, que supuestamente le causó el compañero sentimental de su madre, que se encuentra detenido.

Las fuentes han precisado que en ese reconocimiento no se detectó que la niña sufriera abusos sexuales, tal y como se sospechaba al principio.

Los hechos se produjeron cuando el arrestado se encontraba cuidando a la hija de su compañera sentimental. Sobre las 22.00 horas, el joven se presentó con la niña en un centro de salud de Arona, donde en un primer reconocimiento se le diagnosticó a la menor una parada cardiorrespiratoria, distintos traumatismos en el cuerpo, así como lesiones por quemaduras en la región dorsal y lumbar.

Los agentes de la Guardia Civil fueron avisados de las lesiones y nada más interrogar al joven encargado de cuidar a la niña, procedieron a su detención por los delitos señalados.

El cuerpo de la niña se encuentra en el Instituto de Medicina Legal donde se le realizará la autopsia, mientras que el detenido, un varón madrileño de 25 años, declara ante el titular del juzgado número 7 de Arona, en el sur de Tenerife.

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La Conselleria de Justícia ha planteado varios cambios legales para poder crear un registro con el ADN no codificado de los violadores reincidentes, con el objetivo de que cuando queden libres se autocontrolen ante el temor de ser fácilmente identificados si vuelven a delinquir.

En rueda de prensa, la consejera de Justicia, Montserrat Tura, ha explicado que esta medida, planteada por la denominada Comisión Mena, sería complementaria a otras iniciativas defendidas el pasado año por este grupo de expertos, como la libertad vigilada o los inhibidores reversibles del deseo sexual.

La consejera ha destacado que este banco de datos con el ADN -que tan solo facilitaría la identidad y el sexo-, serviría para identificar con casi total certeza al autor de un delito grave -un homicidio o una violación-, pero su principal virtud sería que también podría ser un elemento de "autocontrol" para evitar la reincidencia.

Tura ha explicado que los psicólogos penitenciarios defienden que el temor a saber que no se actúa de forma impune y que serán identificados sin problema es un factor importante que sirve para el autocontrol de los delincuentes peligrosos, una vez que quedan libres al obtener el tercer grado o tras cumplir la condena.

Para poder obtener las muestras de ADN se abren dos vías: que los presos lo hagan de forma voluntaria o que el juez contemple esta medida al dictar sentencia. En caso de incorporarse en la sentencia, la Junta de Tratamiento podría derogar la medida si considera que el preso, antes de quedar libre, no presenta riesgo de reincidencia.

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